A pesar de haberse comprobado en diferentes instancias que las tierras pertenecen legítimamente a la empresa y no generan conflicto alguno con otros inmuebles circundantes, según comprobó el propio Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), y el Instituto Paraguayo del Indígena (Indi), la referida empresa agroforestal sufre invasión y hostigamiento, señala el manifiesto del citado gremio industrial.
“Desarrollos Madereros S.A -asociada a la Fepama- es propietaria en Paraguay de varias fincas ubicadas en los departamentos de Caazapá y Alto Paraná. Todas fueron adquiridas entre los años 1996 a 1998 y entre ellas están bajo invasión y amenaza constante más de 1.500 hectáreas, hecho que interfiere incluso en su sistema de producción”, menciona.
La referida empresa está dedicada a la producción forestal, agrícola y ganadera, constituyendo una de las principales proveedoras de materia prima para el sector maderero nacional, por lo cual esta situación por la que atraviesa pone además en riesgo a la industria local, según advierte. “Desde de la Fepama, en carácter de urgencia, solicitamos a todas las instituciones del Estado, encargadas de velar por la seguridad jurídica, a tomar las medidas y recaudos necesarios a fin de dar cumplimiento irrestricto a las leyes de la Nación”, expresa la nota.
También insta al Gobierno a brindar las garantías necesarias para que la empresa pueda seguir trabajando y se pueda resguardar la inversión, evitando así dejar un nefasto antecedente que en el futuro podría poner en riesgo otras inversiones en el sector.
Historia de los hostigamientos
El comunicado de Fepama realta que, en agosto de 2019 un grupo de campesino de la Colonia Toryvete invadió la propiedad de la empresa en Alto Paraná, ocupando una zona de bosque nativo y otras áreas cultivadas, además impidiendo continuar con las actividades agrícolas y forestales que se desarrollan en el predio. En total, están en conflicto 10 fincas en el distrito de Hernandarias que abarcan más de 1.500 hectáreas.
En un principio, la empresa optó por el diálogo a través de sus representantes para una solución pacífica como primera instancia. Luego de una semanas de dialogo y al no llegar a acuerdo se recurrió a los instrumentos legales correspondientes. Fue así que se recurrió a la instancia judicial, iniciando una denuncia contra personas innominadas en el Ministerio Público. Por entonces, loa agente fiscal interviniente fue Nathalia Montanía, quien desarrolló desde ese momento un sinfín de diligencias, entre ellas, una solicitud de informe de la situación de los inmuebles a la Dirección General de los Registros Públicos y también a la Dirección del Servicio Nacional de Catastro.
Agrega que dichos informes fueron insertados a la carpeta fiscal, y que los mismos demuestran la titularidad de dichos inmuebles como asimismo la ubicación física geográfica. También menciona que se solicitó al Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), cuyo informe demuestra que dicho inmueble no figura en sus registros, por no haber pertenecido a la institución.Igualmente, indica que el Instituto Paraguayo del Indígena (Indi) hizo estudios y análisis con los que corroboró que los títulos de estos inmuebles presentados no son colindantes entre sí y que no afectan al área perteneciente a la comunidad indígena Acaraymi, en Hernandarias.
Teniendo en cuenta todos estos informes, la Fiscalía resolvió disponer el cese del hecho punible, fijando fecha del procedimiento para el 12 de marzo de 2020, pero esta acción no pudo concretarse debido a la irrupción de la pandemia del COVID-19.
El relatorio de Fepama sigue diciendo, que para el 2 de julio de este ao fue fijado el procedimiento, pero tampoco pudo concretarse por falta de acompañamiento de las fuerzas del orden público (Policía Nacional).Posteriormente, la empresa se vio obligada a plantear la acción judicial, a consecuencia de los constantes hostigamientos por parte de los integrantes de este grupo campesino.
En ese sentido, informa que la firma planteó un Amparo Constitucional c/personas Innominadas, sobre el total del área afectada consiguiéndose así una medida cautelar de resguardo y protección, asimismo, se plateo un interdicto de recobrar la posesión en otro sector del inmueble, finaliza.