Señalan que juez violó principio de imparcialidad

El juez Elio Ovelar elevó a juicio oral y público el caso de la querella contra el periodista Juan Carlos Lezcano y la directora de ABC, Natalia Zuccolillo, un día después de una publicación realizada sobre su hijo Marcelo Rubén Ovelar, excoordinador de la Unidad de Operaciones de la Dinac, investigado por la compra sobrefacturada de tapabocas, según indicó el abogado Rodrigo Yódice. El profesional señaló que el magistrado tomó decisiones violando el principio de la imparcialidad en el marco de esta causa.

Juez Elio Ovelar.
audima

El juez Elio Ovelar atendió el caso contra la directora de ABC, Natalia Zuccolillo, y el periodista Juan Carlos Lezcano en una acción impulsada por la exviceministra de Tributación Marta González, molesta por publicaciones con respecto al manejo del dinero en la Secretaría de Estado de Tributación (SET).

Al respecto habló con ABC Rodrigo Yódice, quien explicó que en marzo pasado el demandante autónomo había solicitado que se filme el juicio y que se publique en una cuenta de YouTube. Sin embargo, el magistrado Ovelar no resolvió nada en ningún sentido.

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El abogado comentó que el expediente volvió a competencia del juez Elio Rubén el 4 de setiembre; seguidamente, el 6 de setiembre, el diario publicó una nota de interés público sobre su hijo Marcelo Rubén Ovelar, en atención a que este se encuentra imputado por la Fiscalía debido a la supuesta compra sobrefacturada de tapabocas, ya que se desempeñaba como jefe de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac).

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Al día siguiente de dicha nota, el 7 de setiembre, el magistrado decidió elevar a juicio oral y público la causa que afecta igualmente a la directora del medio. Lo más llamativo es que Ovelar dictaminó que se haga el juicio en menos de siete días hábiles posteriores, “incumpliendo el artículo 365 del Código Procesal Penal, que establece la necesidad de un plazo mínimo de 10 días, pero hace esto y todo lo hace de manera oficiosa. Le pide a la Corte Suprema de Justicia en atención al principio de publicidad que permita la posibilidad de filmación del juicio en un juicio de acción penal privada”, detalló el abogado.

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Asimismo, explicó que al ser un juicio de acción penal privada, al haber una petición de la parte querellante, por principios lógicos y básicos de bilateralidad, se debe correr traslado a la contraparte; es decir, se tenía que consultar también a los demás involucrados. “Acá es el juez Ovelar el que de manera oficiosa impulsa la acción penal privada, primero señalando día y hora para un juicio que no le fue requerido y, en segundo término, sin que exista una resolución judicial previa a través de una decisión fundamentada o a través de una mera providencia emite un oficio a la Corte Suprema de Justicia pidiendo autorización para la grabación del juicio; contra esa actuación estamos gestionando la vía de nulidad”, agregó.

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Finalmente, sostuvo que es evidente el actuar del magistrado. “Es vidente, es palmario; el magistrado -violando el principio de imparcialidad- no solamente cita ante sí una audiencia que no le fue requerida, sino también ordena un acto de procedimiento que tenía que haber permitido que sea objeto de pronunciamiento de la otra parte; es decir, nos sumió en un estado de indefensión y eso se sanciona con nulidad (...) Hay una conexión lógica y racional entre el contenido de la publicación y la actuación oficiosa en un proceso de acción privada por parte del magistrado, quien debería actuar con ecuanimidad”, concluyó.

El caso en cuestión hace referencia a la querella presentada por la exviceministra de Tributación, Marta González, en contra del periodista Juan Carlos Lezcano en setiembre pasado. González no se dispuso a conciliar y pidió un resarcimiento “por daños” de más de US$ 1.400.000.

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Dicha acción fue impulsada debido a publicaciones realizadas por el comunicador a través de ABC, que se basaban en la administración del dinero público por parte de González mientras estuvo al frente de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).

Lo que se exponía en las notas es que la institución otorgó un contrato por la suma de US$ 3 millones al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), que se realizó sin competencia alguna bajo el argumento de que la organización era la única capacitada para el efecto, no obstante, esa misma firma al final tercerizó el servicio.

Las publicaciones además señalaban, basadas en el sitio web del CIAT, que en menos de un año de que Marta González Ayala asumió como titular de la SET, ingresó como miembro del consejo directivo de la mencionada firma.

Este tipo de publicaciones fueron también las que llevaron al Ministerio Público a investigar la compra de tapabocas que supuestamente fueron sobrefacturadas en la Dinac, en el marco de la pandemia de COVID-19. Más tarde, en base a indicios, la Fiscalía apuntó a que había todo un esquema delictivo para sacar dinero de la institución pública. Este escándalo le costó el cargo, o al menos la renuncia, al entonces presidente de la Dinac, Édgar Melgarejo y en ese marco también es procesado el hijo del juez Elio Ovelar, Marcelo Rubén Ovelar.

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