El decreto con fecha de hoy, ya fue publicado en la Gaceta Oficial, lo que significa que se encuentra en vigencia, y se aplicará de manera temporal hasta el 31 de diciembre.
“Es necesario modificar la normativa vigente en razón de que los sectores involucrados en la utilización del cemento manifestaron el inminente desabastecimiento del cemento en el país a raíz de la excesiva demanda del producto en el mercado regional (MERCOSUR), que sobrepasa la capacidad de la producción nacional y la importación intrazona del producto, que a la fecha se viene realizando”, señala en parte del considerando.
El decreto establece la suspensión de algunos artículos del decreto 18.532/2002, para importar cemento gris sin que sea exigencia obligatoria la presentación de un certificado de calidad del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN).
Esto no significa que se flexibilizarán los controles, por el contrario, el documento establece que el cemento portland que no tenga la certificación del INTN, tendrá que presentar copia del certificado de calidad vigente del producto, emitido por un organismo de certificación, el cual deberá ser presentado al INTN, previo al embarque del producto en origen.
También deberán entregar copia del informe de control de calidad emitido por la fábrica de las partidas a ser importadas al Paraguay.
El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) deberá reglamentar el decreto.