Tal como recomendó ayer el Ministerio de Salud, el Ejecutivo dispuso estas tres excepciones. El decreto además faculta al Ministerio de Salud a “ordenar el retroceso o la extensión de fases por sectores o áreas geográficas, en caso de ser necesario para la protección de la salud pública y como resultado de la evaluación técnica realizada en cada Fase”.
De esta manera, las reglas vigentes hasta ahora no varían en los excluidos de la fase 4, pero los que si avanzan tendrán ciertas flexibilizaciones y además podrán operar otros rubros hasta ahora excluidos.
Apartado muy especial es el N° 26, que refiere a los eventos sociales en espacios públicos y privados, estableciéndose que “deberán llevarse a cabo garantizando 2 metros entre personas y un máximo de hasta 20 personas presentes, y con firma de consentimiento informado que deberá ser proveido por el local donde se realice el evento”.
Otra variación es el que refiere a los eventos en residencias particulares, que deberán realizarse con un máximo de 10 personas, incluyendo los residentes y respetando las medidas de protección.
En lo que refiere a los locales gastronómicos, no varía el horario máximo de atención, que sigue siendo de 05:00 hasta las 23:59 como máximo los viernes y sábados y de 05:00 a 23:00 el resto de los días.