El presidente Mario Abdo Benítez firmó el Decreto N° 3816 que reglamenta la Ley N° 6381 del 2 de enero de 2020 “Que modifica y amplía la Ley N° 3728/2009 que establece el derecho a la pensión alimentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza”.
El Congreso estableció en la modificación de la normativa “la condición de vulnerabilidad en sustitución a la de situación de pobreza”.
La Ley establece el subsidio (G. 548.209 mensuales) a los adultos mayores de 65 años de edad y más, en situación de vulnerabilidad social, para poder afrontar, con esta ayuda, las últimas etapas de su vida en condiciones más favorables.
El Poder Ejecutivo refiere que la cobertura de este sector social implica un esfuerzo importante del Tesoro.
En el artículo 35 establece que la selección y el pago de la pensión alimentaria para adultos mayores se aplicará gradualmente: para el Ejercicio Fiscal 2020 y para los siguientes ejercicios fiscales serán 20.000 beneficiarios por año, de acuerdo con la disponibilidad de recursos.
Hasta ahora son 205.976
El PGN 2020 destinó el pago de la pensión alimentaria a un total de 205.976 adultos mayores de 65 años que están en situación de pobreza, lo que implica una cobertura del 99% del total que se tiene a nivel país.
El PGN asignó alrededor de G. 1,3 billones para financiar la pensión, pero no previó recursos adicionales para extender el beneficio.
El Ministerio de Hacienda estima que 400.000 son las personas que no cuentan con jubilación ni pensión.