La jueza electoral Patricia Blasco explicó que actualmente la ley-decreto 23/54 sigue vigente y es una normativa exclusiva para la jubilación voluntaria de magistrados y funcionarios judiciales.
“Permite que podamos jubilarnos al haber cumplido 50 años de edad y 24 años de servicio, recibiendo el 94% del salario. Unos cuantos colegas han pedido la jubilación y le han dado en Hacienda”, agregó.
En setiembre del 2018 inició su solicitud pero se topó con la sorpresa de que desde Hacienda consideraban que se debía aplicar la ley general del funcionariado público, que indica que para que una persona se jubile -extraordinariamente- debe tener 50 años cumplidos y 20 años de aporte.
Sin embargo, el monto a cobrar surge de un cálculo y es menor, varía teniendo en cuenta la edad y los años de aporte. “Empieza con 47% sobre el promedio de las remuneraciones en los últimos 5 años”, detalló Liz Del Padre, de la Dirección de Jubilaciones del Ministerio de Hacienda.
“Lo cual implicaba, en mi caso, G. 7 millones menos al mes en la jubilación. Somos como diez afectados. Todos los que nos sentimos agraviados, agotamos la instancia administrativa en la Dirección de Jubilaciones de Hacienda”, añadió sobre el punto Blasco.
La jueza aseguró que alrededor de 10 jueces iniciaron demandas independientes contra el Tribunal Contencioso Administrativo y en su caso, ganó la primera instancia. “Pero Hacienda volvió a apelar y se va a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia”, agregó.
En la Sala Penal rechazaron la apelación de Hacienda en mayo pasado y la resolución ya fue notificada al Ministerio de Hacienda, para su cumplimiento.
“La sala penal confirma lo dicho, que es el decreto 23/54 el que rige para los magistrados judiciales (…) Ya le gané en primera y segunda instancia”, añadió.
La resolución en principio tuvo un error en la fecha pero ya fue modificada y el Ministerio de Hacienda ya fue notificado, por lo que ahora debe dar cumplimiento al pedido de jubilación temprana con los beneficios solicitados por Blasco.
Un nuevo precedente para todos
La directora de Jubilaciones de Hacienda confirmó que ya tienen conocimiento sobre la resolución de la Corte y que a partir de ahora van a emitir una nueva normativa que va a entrar a regir para todos los magistrados.
“Estamos viendo como una oportunidad de poder plasmar las condiciones en una nueva reglamentación que tiene el propósito de fijar las reglas claras para los funcionarios públicos que están activos y que se van a poder acoger a la jubilación prevista. Y también para la Dirección General de Jubilaciones, que tiene la posibilidad de tener una norma concreta que se va a poder aplicar a todos los casos del sector de magistrados judiciales”, añadió.
Del Padre explicó que decidieron apelar porque para la Dirección Jurídica la norma que estaba vigente era la 23/45 y existían varios precedentes diferentes en la Corte, pues en algunos casos se tenía en cuenta la ley de 1954 y en otros la ley 23/45, del año 2003. “Fue uno de los motivos que indujo a Hacienda a hacer un análisis sobre la vigencia de las normas”, agregó.
Finalmente, dijo que ahora seguirá aplicándose la ley del año 1954, que indica que los magistrados que tengan 50 años de edad y 24 años de aporte pueden jubilarse y llevarse el 94% de sus remuneraciones.
Destacó que es una gran diferencia puesto que la ley que consideraba Hacienda que debe aplicarse indica que pueden jubilarse recibiendo el 100% de su salario recién con 40 años de aporte.
Al ser consultada sobre el impacto económico, no quiso dar números puesto que todo depende de la antigüedad de cada magistrado y de sus remuneraciones. Pero aseguró que no son muchos los funcionarios que actualmente solicitan acogerse a la jubilación temprana puesto que todos generalmente optan por jubilarse a los 75 años, considerando que tienen la inamovilidad en el cargo.