La jueza Cynthia Lovera explicó que en la fecha el juzgado, luego de hacer el estudio pertinente, decidió rechazar el incidente planteado por la defensa técnica del titular del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Efraín Alegre.
La magistrada considera que los argumentos esgrimidos por el abogado de Alegre no se ajustan a lo que establece nuestra legislación. Al ser consultada si esta decisión puede ser apelada, respondió que ahora la representación legal va a tomar conocimiento y tiene a su potestad esos elementos procesales si así lo considera.
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“A criterio del Juzgado nos encontramos en una etapa investigativa, en la etapa preparatoria en la cual –de acuerdo a lo que establece nuestro sistema procesal penal– es el fiscal el que debe colectar los elementos de cargos y de descargo. El Juzgado Penal de Garantías lo que ha precautelado es el cumplimiento del debido proceso, es por eso que en la audiencia de imposición de medidas, cuando el Juzgado toma conocimiento de las documentaciones anexadas por el fiscal interviniente, ordena inmediatamente las copias del documento y se le proporciona a la defensa técnica para que pueda ejercer el debido proceso”, argumentó.
Agregó que el objetivo fue que queden precautelada la garantía del debido proceso. “Hay que recordar que el agente fiscal había argumentado que se ratificaba en la calificación de los hechos que fueron imputados, así también en la conducta que le ha sido atribuida al señor Efraín Alegre”, indicó.
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“Lo que se rectificó es la fecha de la comisión del supuesto hecho punible imputado, ello es en razón a que se ha cotejado de acuerdo a las documentaciones arrimadas en el expediente judicial que el día 15 de junio a las 10 horas ha recibido el agente fiscal un informe remitido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral. A través de esa lectura, es que el fiscal rectifica la fecha, no los hechos. Es así que el juzgado tomó la precaución debida de poner a conocimiento de la defensa técnica, es por eso que consideramos que no corresponde el incidente planteado por la defensa”, concluyó.
Cabe recordar que Efraín Alegre fue imputado por la Fiscalía el pasado 1 de junio por la producción de documentos no auténticos, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de dichos documentos. Si bien en principio el juzgado devolvió esta imputación debido a que no se describía la conducta de Alegre en la misma, con una posterior presentación, dicho procedimiento fue admitido.
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Según el acta de imputación del Ministerio Público, el caso salió a la luz luego de que el dueño de una estación de servicios haya declarado que estuvo en un encuentro con políticos liberales en el cual le mostraron que su empresa estaba como proveedora del partido. Le presentaron una factura con el membrete de la estación de servicio a nombre del PLRA por el valor de G. 98 millones, con fecha del 19 de julio de 2018. El propietario, tras verificar con sus documentos, corroboró que una factura con el mismo código fue emitida por la estación de servicio pero por unos G. 100.000.
Dicha factura fue incluida en la rendición de cuentas de gastos de campaña electoral del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral y certificada por la firma de Efraín Alegre, presidente del partido.