La Cámara de Diputados aceptó las modificaciones que introdujo la Cámara de Senadores, salvo el Art. 3º, con relación al proyecto de ley “Que crea 156 (ciento cincuenta y seis) nuevos registros notariales a nivel nacional y reglamenta el llamado a concurso de oposición”.
Todos los legisladores expresaron su pleno acuerdo a esta normativa y argumentaron la necesidad de contar con registros notariales que brinden el servicio a la ciudadanía y que, a su vez, se constituya en una oportunidad laboral para los escribanos que carecen del registro para el desempeño profesional.
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Sin embargo, la plenaria ratificó su versión en el Art. 3º en donde se establece el plazo de 90 días para el llamado a concurso. En la versión de la Cámara de Senadores, se estipula “dentro del plazo de los 60 días”, que puede inducir a errores, según referentes de las diferentes comisiones que tuvieron a su cargo el estudio del referido proyecto.
Uno de los proyectistas principales de esta normativa, el legislador Édgar Acosta (PLRA-Central), celebró el amplio consenso. Sostuvo que todo este proceso debe hacerse dentro del marco de un concurso público de oposición, a cargo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Asimismo, cuestionó que la CSJ no haya llamado a concurso, pese a lo que dispone el Art. 10 de la Acordada 994, en donde se establece que el concurso de oposición de registros notariales se llamará una vez al año, siempre y cuando hayan 10 cargos vacantes como mínimo.
Refirió que hasta el 3 de mayo de 2019, se contaba con 19 cargos vacantes para registros notariales y el último concurso de oposición se realizó en el año 2017.
El texto fue, finalmente, ratificado en su artículo 3, y aceptadas las modificaciones de los demás artículos, por lo que se dispuso su remisión, nuevamente, a la Cámara de Senadores para su estudio y consideración.