La medida, dispuesta en la resolución 55/20, es con el afán de simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el contexto de la pandemia por el COVID-19, según adelantó esta tarde a ABC el viceministro de Tributación, Óscar Orué.
La normativa dispone que por el ejercicio fiscal 2020 los contribuyentes del IRP por rentas derivadas de la prestación de servicios personales, del IRE Simple y del IVA, deberán elaborar sus libros ventas/ingresos y compras/egresos en formato de planilla electrónica, utilizando alguno de los modelos de libros que serán publicados en la página web de la SET. “Los mismos no requerirán estar rubricados”, aclara la administración fiscal.
Los contribuyentes afectados deberán conservar los referidos libros como archivo tributario, al igual que todos los comprobantes o documentos que respalden la carga de los datos e informaciones, por el término de la prescripción, señala.
Además, la SET adelanta que se encuentra trabajando para que el medio de presentación de los mencionados libros para el ejercicio fiscal 2021 sea unificado y estandarizado.
Por otro lado, recuerda que los contribuyentes obligados a presentar los libros de compras y ventas a través del sistema integrado de recopilación de información “Hechauka”, deberán iniciar la regularización de la presentación conforme al siguiente calendario: terminación de Registro Único de Contribuyente (RUC) del 0 al 9, con periodo fiscal 2020 mes de marzo, deberán presentar en julio; abril y mayo, en agosto; junio y julio, en setiembre; y agosto, en octubre.