Vehículos podrán circular de acuerdo a terminación de sus chapas

El Gobierno dio a conocer esta tarde un decreto por el que los vehículos podrán circular ciertos días de acuerdo a la terminación de sus chapas. Ingrese y vea los días que corresponden a cada placa.

Efectivos de las Fuerzas Armadas de la Nación, frente a la sede del Asunción Golf Club.Archivo, ABC Color
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Este jueves 9 de abril se socializó el decreto mediante el cual se amplía la cuarentena obligatoria hasta el próximo 19 de abril. Entre las adecuaciones hechas a las disposiciones de la emergencia sanitaria se establece que de ahora en más los vehículos no afectados por las excepciones solo podrán transitar con chapas de terminación en número impar los días lunes, miércoles, viernes y domingos, mientras que los de terminación par solo los martes, jueves y sábados.

Es decir, el rodado con terminación chapa OAM 112 podrá circular los días martes, jueves y sábados. Por ejemplo, el vehículo con matrícula CCT 789 podrá circular solo los días lunes, miércoles, viernes y domingos.

Otra disposición es que es obligatorio el uso de tapabocas en el transporte público.

Asimismo, los involucrados en el rubro de obras públicas y civiles deberán trabajar por turnos reduciendo al 50% su fuerza laboral, rotando la asistencia y aplicando las medidas sanitarias vigentes.

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