Proponen publicar declaraciones juradas de encargados de dinero de emergencia

Una organización de sociedad civil propone, entre otras cosas, que las declaraciones juradas de funcionarios públicos y proveedores del Estado vinculados a compras y utilización de dinero durante el período de emergencia se hagan públicas. Desde la Contraloría General sostienen que no las pueden publicar.

Archivo, ABC Color
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En una carta abierta a las autoridades nacionales, Ezequiel Santagada y Alberto Vellacich, directivos del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (Idea) señalaron la necesidad de establecer fuertes medidas de control y transparencia sobre la utilización del préstamo que el Estado paraguayo adquirirá para afrontar la emergencia como consecuencia de la pandemia de COVID-19.

“Estamos viviendo una crisis que no tiene antecedentes. Crisis que ha servido de fundamento para aprobar una ley de emergencia que autoriza un endeudamiento enorme que tendrá que pagar el pueblo paraguayo”, comienza diciendo la carta.

La misiva señala que durante el debate legislativo, tanto senadores como diputados (incluidos los del partido oficialista) mencionaron que se estaba otorgando un “cheque en blanco” y que debíamos tener “confianza” en que el dinero que se ejecutaría durante la declaración de emergencia sería administrado con “prudencia” y “honestidad” y que los organismos estatales encargados de controlar cumplirían cabalmente su función.

“Lastimosamente, la historia nos demuestra que la mayoría de nuestros gobernantes nunca fueron del todo honestos ni del todo eficientes a la hora de administrar el dinero del pueblo. Esto se ve corroborado por la enorme inequidad social existente y los datos de organismos internacionales que sitúan al Paraguay entre los países con los peores índices de percepción de la corrupción. La ciudadanía tiene sobrados motivos para no confiar”, agrega.

Los directivos de la ONG que se dedica a fomentar el Derecho de Acceso a la Información señalan que si bien se ha logrado incluir entre las disposiciones de la ley de emergencia por el COVID-19 el control bicameral de la ejecución de los fondos de emergencia (Art. 41) y la publicación en internet y acceso a la ciudadanía sin ningún tipo de restricción de toda la información relevante, en formato de datos abiertos, sobre la ejecución presupuestaria (Art. 45) -ambas medidas no originalmente previstas en el proyecto del Ejecutivo-; “esas medidas podrían no ser suficientes para evitar que una parte significativa del dinero del endeudamiento se pierda entre la corrupción y la ineficiencia”.

Es por eso que realizaron varias recomendaciones a los administradores de la cosa pública.

Como primera medida recomiendan facilitar la búsqueda y análisis de todas las contrataciones que se realicen para enfrentar esta emergencia. A tal fin, deberá ordenarse que todas las contrataciones públicas en las que se ejecuten los fondos previstos en la ley de emergencia lleven en su título el término “COVID-19”.

Declaraciones Juradas públicas

“Que, en el marco de la Ley 6355/20, el Contralor General de la República solicite autorización judicial para publicar las declaraciones juradas de bienes y rentas de todas las autoridades y funcionarios que directa o indirectamente intervengan en los procesos de compras públicas en el marco de la emergencia, así como las de los proveedores que sean adjudicados para la provisión de bienes y servicios. Desde ya advertimos que, si el Contralor General de la República no toma como propia esta iniciativa en los próximos días, nuestra organización requerirá tal autorización judicial”, señala uno de los puntos.

“Que, como medida precautoria, el Contralor General de la República disponga la actualización inmediata de todas las declaraciones juradas de bienes y rentas de las autoridades y funcionarios referidos anteriormente, en particular de los que formen parte de los Comités de Evaluación y de las máximas autoridades institucionales que realicen llamados con fondos asignados a la emergencia, así como su actualización anual por lo menos durante los próximos tres años. Asimismo, que establezca una guía sobre cómo realizar la declaración jurada, por ejemplo, que se establezca si los inmuebles se declararán por valor fiscal o de mercado, con el fin de que los análisis puedan ser realizados con información consistente”, agregan.

Contralor dice que no puede

Camilo Benítez Aldana, contralor general.

El contralor general de la República, Camilo Benítez Aldana, señaló en conversación con ABC Cardinal que la institución no puede hacer públicas las Declaraciones Juradas. “Las Declaraciones Juradas de funcionarios y proveedores sólo se pueden publicar si hay una orden de una autoridad jurisdiccional en el marco de una investigación, según la ley 6355”, manifestó a la 730 AM.

Benítez Aldana aseguró estar a favor de la transparencia, pero sostuvo que la ley no se lo permite. Consultado sobre si podría solicitar él mismo a un juez la orden necesaria, no dio respuestas concretas al respecto.

El contralor sí aseguró que reforzarán medidas de control sobre la utilización de dinero público. “La información va a ser pública, pero nosotros queremos que las rendiciones también sean públicas. Que la gente nos ayude y nos brinde información”, acotó Benítez.

“En esta situación se va a necesitar de control concurrente, porque se van a comprar insumos que no se van a poder controlar con posterioridad”, puntualizó.

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