Comisión Bicameral para controlar dinero de emergencia deberá conformarse online

En el proyecto de Emergencia Sanitaria aprobado por ambas Cámaras se incluyó la integración de una Comisión Bicameral que deberá ejercer el control sobre los US$ 1.600 millones que serían destinados para esta crisis desatada por el COVID-19. El diputado Derlis Maidana señaló que, una vez que se promulgue la ley, los diputados y senadores tienen que realizar rápidamente sesiones online para conformar sus equipos.

Ayer, la Cámara de Diputados sancionó el plan de emergencia y luego de que el Ejecutivo promulgue la ley deberá sesionar de manera online para elegir a 6 representantes para la Comisión Bicameral.Virgilio Vera, ABC Color
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Tanto diputados como senadores acordaron conformar una Comisión Bicameral que deberá hacer un seguimiento de la Ley de Emergencia Sanitaria que ya está en manos del Poder Ejecutivo. Ambas Cámaras deberán designar a seis representantes, explicó el diputado Derlis Maidana (ANR), presidente de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja.

Expresó que espera que rápidamente se convoque a las sesiones para conformar los equipos. Añadió que éstas deberán ser online, teniendo en cuenta lo decidido con el objetivo de evitar la propagación del COVID-19.

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Asimismo, destacó que el principal objetivo de ese equipo será hacer una verificación “in situ” de todas las compras u obras realizadas con los US$ 1.600 millones que el Ejecutivo podrá adquirir como préstamo para ejecutar durante la pandemia del nuevo coronavirus.

Esta mañana, el director de Contrataciones, Pablo Seitz, admitió que “hay un altísimo riesgo de pérdidas irrecuperables” con este proyecto de ley porque prevé compras directas, sin concurso. Sin embargo, agregó que se trata de una situación de emergencia y luego de adquirir insumos esenciales plantean implementar otros mecanismos más transparentes

También anunció que ya conformaron un equipo de trabajo que se encargará de verificar la ejecución de todos los fondos otorgados para la lucha contra el COVID-19.

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