El Proyecto de Ley que declara Estado de Emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del COVID-19 o coronavirus y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras fue aprobado hoy luego de muchas horas de debate en el Senado.
Entre otros puntos, se establece la reasignación de gastos como subsidios por vacaciones y casamientos, servicios de catering, con excepción de las previstas para las elecciones municipales y aumentos salariales. Se suspende también el programa del retiro voluntario de funcionarios estatales.
Mediante este proyecto además se prohíbe la adquisición de equipos de transporte exceptuando ambulancias y vehículos utilizados para los servicios de salud y fuerzas públicas.
Igualmente, se dispone el pago de una gratificación especial para el personal de salud dependiente del sistema público. También autoriza al Ministerio de Salud a contratar al personal necesario para hacer frente a la pandemia. Estas contrataciones estarán exceptuadas de los procesos de concurso.
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Medidas de mitigación financiera
Entre los puntos aprobados en este orden, se encuentra el inicio de un proceso de inscripción y de actualización de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPYMES), por parte del Ministerio de Hacienda, con el objetivo de ser objetos de posibles beneficios en el marco de esta ley de emergencia.
También se autorizó al Poder Ejecutivo a disponer la prórroga de los fechas de vencimientos de presentación de las declaraciones juradas y pagos, total o parcialmente, de aquellos impuestos que liquiden en el régimen establecido en la Ley Nª 6.380/2019, correspondiente a los periodos fiscales o ejercicio fiscal iniciado el 01/01/2020, así como de las obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2019 aún pendientes de obligación.
Puntos pendientes
Entre los artículos del proyecto original que el Senado debe decidir se encuentran el pago diferido de los servicios básicos (ANDE, COPACO y ESSAP), un subsidio para trabajadores informales del 25% del salario mínimo (G. 548.209), que podrá ser abonado hasta dos veces y para ello se creará un fondo social con un aporte de hasta US$ 300 millones.
Para el sector formal el Ejecutivo previó el aporte del Estado de hasta US$ 400 millones para un subsidio temporal por reposo o suspensión del contrato de trabajo.
En el ámbito financiero, también en el proyecto se contempla que hasta el 1 de mayo los bancos de plaza se abstendrán de aplicar y comunicar a la Superintendencia de Bancos sanciones de inhabilitación de cuentas corrientes bancarias que deriven de cheques rechazados por insuficiencia de fondos; mientras que en materia de alquileres, que el incumplimiento en el pago de los alquileres no será causal de desalojo hasta el mes de junio del presente año, siempre que se justifique el pago de cuanto menos el 40% del valor del alquiler mensual.