Niegan intención de impulsar ley a favor de la impunidad

El abogado Marcos Kohn Gallardo negó categóricamente que de parte del Poder Ejecutivo exista la intención de impulsar una ley a favor de la impunidad. Dijo esto en referencia al debate que se realiza hoy en la Comisión Nacional de Reforma, que pretendería eliminar del Código Penal la suspensión del plazo de duración del procedimiento.

La Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario (Conarep) está presidida por la diputada Rocío Vallejo.Edgardo Romero
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El abogado Marcos Kohn Gallardo, representante del Poder Ejecutivo ante la Comisión Nacional de Reforma Penal, explicó que el único motivo por el que buscan esta suerte de ordenamiento de los plazos es que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado y debe haber un plazo legal para los procesos de justicia.

Afirmó que jamás presentarían algo que promueva la impunidad y que el Ejecutivo no les dio instrucciones en ese sentido.

Refirió que este apenas es “un documento de trabajo” sobre el cual aún se debatirá mucho acerca de la propuesta de establecer un plazo máximo de proceso judicial. Recordó que en Paraguay actualmente tenemos el sistema que dicta la Constitución y que el régimen paraguayo habla de cuatro años, “con el descuento de todos los incidentes”.

Efectivamente, la duración máxima del procedimiento es de 4 años, según el artículo 136 del Código Procesal Penal.

Consensuarán con comisión de 2015

Explicó, asimismo, que la Comisión actual de Reforma del Sistema Penal en su primera sesión “acordó por voto unánime que el documento será consensuado por la Comisión Nacional de Reforma de 2015; de hecho, el documento que tratamos en audiencia pública tiene que ver con el de 2015. Nunca existió un planteamiento de parte del Ejecutivo en relación a este plazo”, aseguró.

Recordó que en nuestro país actualmente manejamos los plazos según dos criterios: el primero es el que se basa en el artículo 17 de la Carta Magna, que dice que el sumario deberá durar lo que dice que debe durar la ley. El segundo criterio es evaluar la conducta de todos los procesados y establecer en cada caso concreto.

La sesión de la Comisión de Reforma en donde se debatirá el polémico tema se inició este lunes por la mañana.

Los que debatirán

La Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario (Conarep) está presidida por la diputada Rocío Vallejo e integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, por la Corte; los abogados Marcos Kohn y Enrique Kronawetter, por el Ejecutivo; los fiscales adjuntos María Teresa Aguirre, Marco Alcaraz, Soledad Machuca y Gilda Villalba, por el Ministerio Público, y los defensores Matías Garcete y Francisco Acevedo, por el Ministerio de la Defensa Pública.

También asisten los senadores Enrique Bacchetta, Víctor Ríos y Desirée Masi. El primero es representado por el abogado Guillermo Duarte y el segundo por los letrados Roque Orrego y Juan Martens.

La principal modificación que se quiere hacer al referido artículo es suprimir la parte que dice que “todos los incidentes, excepciones, apelaciones y recursos planteados por las partes suspenderán automáticamente el plazo, que vuelve a correr una vez se resuelva lo planteado o el expediente vuelva a origen”. Si se llega a anular esta parte de la norma, la extinción del proceso se dará a los cuatro años, independientemente de los incidentes, en la mayoría de los casos dilatorios, que puedan presentar los encausados.

Se teme impunidad

El temor de algunos integrantes de la Comisión es que si se aprueba la supresión se permitiría la impunidad de peces gordos como narcotraficantes, lavadores de dinero, contrabandistas, evasores, integrantes de bandas criminales y funcionarios públicos investigados por enriquecimiento ilícito. Los procesados con poder económico o político son los que más chicanean las causas y les resultaría fácil llegar a los 4 años de duración máxima del procedimiento y lograr así ser blanqueados con la extinción del proceso.

Otro cambio

Otro cambio que se quiere hacer al artículo 136 del Código Procesal Penal es contar el plazo para la extinción a partir de “cualquier diligencia o actuación que señale a una persona como posible autor o partícipe de un hecho punible, ante el Ministerio Público o algunas de las autoridades judiciales y administrativas que este Código establece”.

Actualmente, el procedimiento a partir del cual se considera el plazo para extinción es la notificación de la imputación fiscal, según lo dejó establecido en reiterados fallos la Corte Suprema.

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