“En violación a un elemental derecho de igualdad de oportunidades, el Consejo de la Magistratura nos excluyó de la lista de candidatos para favorecer a un postulante de menor puntaje”, reclamó Primitiva Villalba, una de las denunciantes.
De acuerdo a lo señalado por las denunciantes, en su sesión ordinaria de fecha 26 de agosto el Consejo de la Magistratura integró las ternas correspondiente a los edictos 16/2018 y 03/2019 para miembros del Tribunal de Apelaciones Civil y Comercial de Itapúa, dejando de lado a profesionales de alto puntaje.
Para ello se valieron de un ardid, manteniendo bloqueados los nombres de algunos profesionales que habían concursado en un edicto anterior, pese a que ya la Corte Suprema de Justicia (CSJ) había resuelto dichas postulaciones en fecha 30 de julio pasado.
Atendiendo que una persona no puede acceder a más de una terna por vez, el Consejo de la Magistratura no levantó el bloqueo de los nombres de estos profesionales, que tienen un puntaje elevado, dejándolos fuera de concurso, con el único propósito de posibilitar el ingreso a la terna de profesionales con menor puntaje, como el caso del abogado Hugo Trussi, de quien sabemos fue un operador gremial del actual miembro del Consejo, Adrián Salas, sostuvo Villalba.
“Se manipuló groseramente este ranking, ya que a sabiendas de que estaban liberadas, en el ranking seguía estando como ternadas siendo este hecho un acto grosero y alevoso de tráfico de influencias, ya que el Dr. Salas específicamente postula a un concursante, quien fue su jefe de campaña en Encarnación, que tiene apenas 355 puntos y no tiene en su currículum más que su título de abogado y especialización de docencia universitaria”, expresó.
La única forma de meter a su gente fue bloqueando a los mejores puntajes como el caso de la jueza Evelyn Cabrera, con 604,36 puntos, Nilsa de Sarquis, con 579,22 puntos, y María Primitiva Villalba Ferrari, con 509,96 puntos.
Dejando fuera a estas personas el Consejo de la magistratura conformó dos ternas. Una de ellas está integrada por Mónica Beatriz Báez de Acuña, con 453.96 puntos; Lourdes Carolina Simón Trujillo,con 484,32 puntos, y Hugo Arturo Trussy Velazquez, con 355,14 puntos.
La otra terna está conformada por Julio César Acuña Saldívar, con 532,4 puntos; Camilo Javier Cantero Cabrera, con 524,56 puntos, y Libia Concepción Centurión de Acuña, con 485,16 puntos. Ambas fueron impugnadas por los profesionales excluidos de la competencia.
Mantuvieron el bloqueo para meter a gente de su entorno político gremial. Por ello planteamos reconsideración e impugnación de las sesiones. Violaron dos principios constitucionales, el principio de igualdad de acceso a cargos públicos, artículo 47, siendo que para acceder al cargo debían estar desbloqueadas, bloqueo que solo debe durar hasta el día de la designación en la Corte, ocurrido en fecha 30 de julio, y no indefinido como ellos lo hacen, y se violó el principio de la legalidad de los actos administrativos, lo que obliga a que todos los actos administrativos estén reglados.
“El bloqueo no es un derecho reglado pues no está asentado en ningún acto administrativo, ni resoluciones emanadas de autoridad competente sobre eso, violando el principio de la legalidad administrativa. Por estas razones, como medida cautelar de urgencia, solicitamos suspender las notificaciones del acta en relación a esos cargos ya citados precedentemente hasta tanto se resuelva la reconsideración y esta impugnación”, concluye.