El MOPC señaló que no se puede construir de forma arbitraria en las rutas nacionales, según la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 5.016, artículo 46. La Municipalidad de Villa Florida había presentado un proyecto de construcción de un pórtico turístico en el lugar del expeaje situado a la entrada a esta ciudad.
Según los cálculos, la obra demandaría una inversión de G. 1.500 millones. Sin embargo, el proyecto fue rechazado porque no se ajusta a la ley de seguridad vial.
Al respecto, el jefe del Departamento de Seguridad Vial del MOPC, José Gómez, señaló que para la autorización de una construcción se tiene en cuenta si la obra en cuestión no constituye un obstáculo o peligro para la libre fluidez del tránsito.
“En ese sentido, la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad solo permite la construcción de estaciones de cobro de peajes y control de cargas, obras para infraestructura vial y obras básicas para el funcionamiento del servicio público”, expresó el jefe de seguridad vial del MOPC.
Toda construcción que no se ajuste a lo permitido será considerada como falta grave, según expresa a través de una nota el Ing. Gómez.