Según los datos, el abogado Marcial Britos Verdún, quien ejerce la defensa de la acusada Ramona Peña Acosta (73), planteó la salida procesal para su cliente, ofreciendo la reparación de daño social, pero sin firmar un acuerdo con la víctima. El fiscal Demetrio Bareiro se allanó al pedido de la defensa.
En contrapartida, el abogado Ariel Acosta, quien ejerce la querella adhesiva, se opuso tenazmente y pidió que la causa sea elevada a juicio oral, considerando que la encausada no reparó el daño ocasionado a la víctima Alejandro Benítez (83), tal como exige el artículo 21 del Código Procesal Penal.
Lea más: JEM apercibe a jueza esteña
Pese a no reunirse los presupuestos, la jueza hizo lugar al pedido de la defensa y decidió otorgar la suspensión condicional del procedimiento. Como una de las exigencias a la comerciante dispuso la donación de la irrisoria suma de G. 200.000 mensuales por un año a un hogar de ancianos.
El fiscal Demetrio Bareiro, al ser consultado, señaló que se allanó al pedido de la defensa porque consideró que se reunieron los presupuestos legales para la salida procesal. “La gente entiende mal, en este tipo de hecho punible no cabe resarcir el daño a la víctima. Acá se cesó el hecho, ellos quería utilizar a la Fiscalía como garrote”, señaló.
Zacarías presenta chicana y jueza se inhibe
Por su parte, la jueza Teresita Cazal, dijo que en su fallo tuvo en cuenta varios factores como la edad y estado de salud de la procesada para conceder la medida. “Tiene 73 años, una señora enferma, ya no vivía más en el lugar. El fiscal mismo en audiencia se allanó el pedido de suspensión. En este caso corresponde por la expectativa de pena, el estado de salud, muchas cosas influyen, además el hecho desapareció porque ella abandonó hace tiempo el lugar”, puntualizó.