La ratificación de la condena fue impuesta por el Tribunal de Apelaciones, compuesto por Efrén Giménez Vázquez, Mirian Meza de López y Nidia Fernández Cattebeke.
Abuso sexual, pornografía infantil y violación del deber del cuidado fueron los ilícitos atribuidos a la madre. Mientras que el amigo de la mujer fue declarado culpable por abuso sexual (manoseo) y pornografía infantil en carácter de instigador.
La fiscala Analía Rodríguez Palacios, de la Unidad Especializada en la Lucha contra Trata de Personas y Explotación Sexual en Niños y Adolescentes, ofreció pruebas que demostraban que la niña era abusada en forma sistemática desde el 19 de julio del 2017 hasta el 3 de noviembre del 2019.
En aquel tiempo, la madre introducía a su hija en una habitación con otro menor para el acto sexual, mientras ella procedía a filmar el abuso desde la sala. Luego, los vídeos eran enviados al teléfono celular del coprocesado, quien se encargaba de difundir los materiales fílmicos. Fueron cuatro los videos hallados por los investigadores.
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Los acusados fueron condenados en un juicio oral desarrollado el 4 de marzo de 2020, en el Tribunal Penal de Ciudad del Este. Los jueces que dictaron el veredicto fueron Serafín González, Flavia Recalde y Vitalia Duarte. Posteriormente, la defensa de los condenados recurrió la sentencia y presentó la apelación correspondiente.
Sin embargo, los camaristas confirmaron las sentencias, de 22 y 15 años de penas carcelarias, respectivamente.
Los datos de los condenados se mantienen en reserva a fin de evitar la identificación de la víctima. El sigilo es exigido por el Código de la Niñez y la Adolescencia y su trasgresión obliga a la Fiscalía a abrir una carpeta para investigar al responsable.