Por falta de pruebas cuatro supuestos asaltantes condenados a ínfimas penas

Cuatro presuntos asaltantes que habían sido detenidos en el 2017 al ser sindicados de asaltar a un distribuidor de bebidas fueron condenados a ínfimas penas. Durante el juicio oral que culminó hoy en el Tribunal Penal de Ciudad del Este no se pudo comprobar que fueron los autores del atraco por lo que la sentencia fue solo por violación de armas.

El desarrollo del juicio oral y público, en el tribunal penal de Ciudad del Este.
audima

Los sentenciados son: Jorge Armando Martínez, Miguel Antonio Martínez Benítez, Arnaldo Javier Ocampos, Serafín Paniagua Argüello y Agustín Acosta Fariña. Los dos primeros citados recibieron 4 años y 6 meses de sanción, mientras que Arnaldo Ocampos 4 años de encierro. Igualmente, fue sentenciado Serafín Paniagua, a quien le aplicaron la pena de 3 años. Mientras que un quinto involucrado identificado como Agustín Acosta Fariña fue absuelto de culpa y pena.

Todos los citados fueron acusados por robo agravado, resultando víctimas Milciades Ramón Vera y Leonardo Andrés Gómez. El hecho se registró el 3 de junio de 2017, en Ciudad del Este, en esa ocasión, los afectados, quienes se desempeñaban como distribuidores de bebidas, fueron interceptados por delincuentes, quienes les intimaron a la entrega de la recaudación del día. La suma de dinero robada fue de 2.230.000 guaraníes. En prosecución a la investigación, los agentes policiales detuvieron a los hoy condenados, mediante informaciones que recibieron de parte de terceras personas.

Al momento de la intervención, los sindicados estaban en un vehículo, en cuyo interior la Policía encontró un revólver calibre 38 y otro calibre 22. Sin embargo, los uniformados no describieron detalles que hubiesen servido como pruebas indiciarias, para formar una convicción, según consideraron los miembros del Tribunal Colegiado.

También tuvieron en cuenta que la Fiscalía presentó como prueba una supuesta declaración brindada por Milciades Ramón, quien en su momento aseguró haber visto a uno de los acusados y lo reconoció como el supuesto autor. Pero, la declaración tomada en sede fiscal no se admite como medio probatorio. Con relación a un reconocimiento de personas, que se hizo durante la etapa preparatoria, los sospechosos no fueron reconocidos, al igual que en el juicio oral.

A raíz de que no se pudo probar que los mismos hayan sido los autores del atraco armado y finalmente fueron sentenciados por la violación de ley de armas, según se dio a conocer durante el juicio oral.

El Tribunal de Sentencia presidido por el juez Herminio Montiel e integrado por las magistradas Zunilda Martínez y Carmen Leticia Barrios. El Ministerio Público, representado por la agente fiscal Cinthia Leiva Cardozo, pidió la absolución de Agustín Acosta, a quien sindicaron como supuesto mandante, pero no existieron pruebas que sostengan esa acusación.

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