Abdo veta totalmente proyecto de ley que despenaliza falseamiento de las DD.JJ.

El presidente Mario Abdo Benítez objetó totalmente ayer el proyecto de ley que buscaba despenalizar las declaraciones juradas con contenido falso de las autoridades, para convertir el hecho solamente en faltas administrativas.

El presidente Abdo firmó ayer de tarde veto a DD.JJ.Archivo, ABC Color
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Mediante el decreto Nº 3708, el presidente Mario Abdo objetó totalmente ayer de tarde el proyecto de ley aprobado por el Congreso, mediante el cual los parlamentarios intentaron minimizar las penas contra los que presenten declaraciones juradas falsas y restringir la divulgación de las mismas.

“Que la citada obligación constitucional no solo resulta compatible, sino que es consustancial con los postulados de publicidad, responsabilidad y transparencia de todo sistema republicano de gobierno. La limitación de este mecanismo de control, así como la flexibilización del régimen de responsabilidades que competen a los agentes públicos, contraviene los principios sobre los cuales se asienta nuestro régimen constitucional”, argumenta el decreto en una parte.

Cuestiona también que se pretenda minimizar la sanción a las autoridades al configurar la existencia de datos falsos como una falta administrativa nada más, siendo que eso no ocurre con el resto de la ciudadanía que sí es sometida al Código Penal. Asegura que eso afecta el principio de igualdad constitucional, al tiempo de poner en entredicho la prevalencia del interés general sobre el particular.

Respecto al punto que busca ocultar las DD.JJ. imponiendo como requisito una orden judicial para verlas, el Ejecutivo indicó que ello “atenta contra el interés general de robustecer la publicidad, la transparencia, que constituyen bienes públicos de interés general y al servicio del buen funcionamiento de nuestro sistema republicano de gobierno”.

El Ejecutivo alega que en la ley 5033/2013, que el Congreso intentó socavar, ya existen disposiciones que otorgan a la Contraloría General de la República facultades para solicitar a los funcionarios en cuestión a presentar en un plazo establecido, correcciones, cambios y agregados de ser necesarios, en las DD.JJ.

“En una democracia constitucional recae sobre los gobernantes la obligación de promover valores como la publicidad, la transparencia, la responsabilidad y el combate de la corrupción. En este sentido, cualquier legislación contraria a estos fines y que pretenda morigerar las consecuencias jurídicas de las obligaciones previstas para los servidores públicos y dificultar la actuación de la justicia, resulta claramente incompatible con la Constitución”, recalca el decreto.

La propuesta de ley fue devuelta al Congreso.

En esta instancia, cada una de las cámaras puede ratificarse en la sanción de la ley por mayoría absoluta de votos, es decir 23 votos en el Senado y 41 votos en Diputados. De conseguirse estas mayorías, el Poder Ejecutivo está obligado a promulgar la ley. En caso contrario, el plan de ley será archivado y no podrá volver a ser tratado durante este periodo legislativo.

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