Quieren prohibir mal uso de los datos personales

Prohibición de divulgar datos crediticios de deudas vencidas no reclamadas judicialmente, de utilizar información crediticia para contratación o despido de personal o para negar acceso a atención médica de urgencia son novedades del proyecto de protección de datos personales

El Senado dispuso tratar en su sesión ordinaria del próximo jueves las modificaciones a la “ley informconf”, para establecer mayor protección a los datos personales de las personas.Archivo, ABC Color
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El proyecto de ley de protección de datos personales crediticios, que modifica la llamada “ley informconf”, será tratado en la próxima sesión ordinaria del Senado. Esto es el resultado de un consenso entre las propuestas presentadas por los senadores Fernando Silva Facetti (PLRA), Patrick Kemper (Hagamos) y Paraguayo Cubas (Cruzada Nacional), además del aporte de otros proyectos presentados en la Cámara de Diputados.

El planteamiento apunta a evitar el mal uso de los datos que recolectan empresas dedicadas al rubro, más allá de su utilización en los ámbitos crediticio y comercial.

Entre las novedades, la normativa dispone que todas las personas deberán dar su consentimiento expreso y por escrito para la obtención y utilización de sus datos personales.

En el artículo 18 del proyecto se establece que no se tramitarán ni divulgarán: 1) los datos crediticios de deudas vencidas no reclamadas judicialmente que hayan superado tres años de inscripción; 2) las deudas canceladas de manera inmediata, una vez recibida la notificación de la fuente de información, 3) sobre juicios de convocatoria de acreedores después de cinco años de la resolución judicial que la admita.

Igualmente, el proyecto establece, en su artículo 16, que estará prohibida a los usuarios de Información crediticia utilizar esos datos para la toma de decisiones laborales, incluyendo la contratación de personas, la promoción, traslado o despido de personal.

En otro punto, establece que estará también prohibido el uso de información crediticia para negar o restringir el acceso a atención médica de urgencia a cualquier persona.

Dispone millonarias multas

El proyecto de Protección de Datos Personales dispone que la autoridad de control, el BCP y la Secretaría de Defensa del Consumidor podrán imponer a los responsables y encargados del tratamiento las siguientes sanciones en casos de violaciones a la ley: a) Apercibimiento; b) Multa de hasta 15.000 Jornales Mínimos (G. 1.218.780.000) y c) En caso de reincidencia de una misma infracción, la multa será el doble de la multa inicial aplicada y podrá elevarse hasta 50.000 Jornales Mínimos (G. 4.062.600.000) vigentes al momento de la imposición de la sanción para la persona física o jurídica que registre una facturación anual superior a G. 6.000.000.000.

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