Fallo condenatorio contra el BCP, en manos de la Corte

La Corte Suprema de Justicia debe resolver si el Banco Central del Paraguay debe o no pagar una millonaria indemnización a dos cambistas, que accionaron contra el ente tras ser sobreseídos en un proceso que quedó en el "oparei". La sentencia condenatoria, ratificada en segunda instancia, ha sido atacada de inconstitucional por el ente estatal y deberá ser estudiada por los ministros Víctor Núñez, Antonio Fretes y Wildo Rienzi.

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En una acción presentada por el abogado Francisco González, el Central solicita se declare la inconstitucionalidad de la sentencia dictada por el juez en lo civil y comercial del tercer turno, Miguel Angel Rodas, el 2 de abril del 2003, y el fallo que la ratificó, dictada por el Tribunal de Apelación, 4ª sala, a fines del año pasado. El fallo de Alzada lleva la firma de los camaristas Basilicio García, Eusebio Melgarejo Coronel y Raúl Gómez Frutos.

Las sentencias cuestionadas condenan al BCP al pago de una indemnización de G. 140 millones a los cambistas Ramón Morales y Néstor Lezcano, por daños y perjuicios sufridos al haber sido apresados y procesados a raíz de una denuncia realizada por el BCP, referente al intento de un cheque oficial con firmas libradoras falsificadas.
Morales y Lezcano fueron detenidos el 15 de diciembre de 1997, recuperaron su libertad el 30 de diciembre del mismo año y dos años después fueron sobreseídos tras constatarse que el proceso cumplió con creces el tiempo máximo previsto para su duración. Según los datos, el caso permaneció "congelado" desde el día de su liberación hasta el momento del sobreseimiento de los cambistas.
Básicamente, el BCP alega que se limitó a cumplir con su obligación de realizar una denuncia de un hecho ilícito, y que no puede tener responsabilidad alguna en la inacción de la justicia para el esclarecimiento del caso.
González resaltó además que la Constitución Nacional, en su artículo 17, inciso 11, únicamente prevé indemnización en casos de condena por error judicial, situación que no se compadece con el caso en cuestión, puesto que los ahora demandantes no fueron condenados.

"Ellos mismos reconocieron su participación en los hechos denunciados por el BCP, reconocieron haber intentado cobrar un cheque falsificado o adulterado. El BCP nunca tan siquiera insinuó que estos participaron en la falsificación o adulteración, sino que efectivamente participaron en intentar percibir un cheque adulterado", señala González, al resaltar que la justicia inició la investigación de oficio, a instancias de la fiscalía.
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