“Con esto se logra el cuidado del medio ambiente y la seguridad, determinada en la Constitución Nacional y Acuerdo Internacional de la Hidrovía Paraguay Paraná”, afirmó ayer Ortega a ABC al ser consultado sobre el cuestionamiento del Centro de Armadores Fluviales y Marítimos del Paraguay (Cafym) al Decreto Nº 3154, que regula aspectos de la flota mercante.
Cafym también lamentó que en ese documento se establezca un límite de 10 años de plazo para que los barcos puedan operar con banderas bajo la modalidad de contrato de arrendamiento financiero o “leasing” (alquiler con derecho a compra). Argumentó que la Ley de leasing, Nº 1295, no establece límite.
Al respecto, Ortega respondió que el objetivo es que los armadores tengan un mejor margen de tiempo para el afianzamiento de sus cuotas, la adquisición del bien de capital e importación definitiva si accede a la opción de compra, que es la finalidad de esa ley, aseguró. Recordó que anteriormente era de solo 3 años el plazo.
Por otra parte, el director refirió que se busca mantener al Paraguay como líder en la hidrovía Paraguay-Paraná, por lo que se establecieron mayores requisitos para la navegación y mayor seguridad jurídica al sector.