Los legisladores desde hace años vienen exceptuándose de los alcances de varias leyes permanentes a través de la ley de presupuesto, ya sea para beneficio personal, para sus familiares o para su clientela política.
Se autoexcluyeron de la aplicación de la Ley N° 6622/2020 o “Ley Godoy”, que establece medidas de racionalización del gasto público; y de la Ley 1626/2000 de la Función Pública, en ambos casos para nombrar a sus “nepobabies” (hijos o familiares) en cargos públicos con sueldos millonarios y sin concursos, así como también para cumplir con la clientela política.
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A través del proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2025, que está en estudio en el Congreso, los parlamentarios apuntan a conseguir más privilegios, como el seguro médico vip y vales de combustibles para los 125 legisladores (80 diputados y 45 senadores).
El seguro médico vip y los vales de combustibles cuentan con dictamen favorable de la Comisión Bicameral de Presupuesto del Congreso, integrado por diputados y senadores que tienen a su cargo decidir finalmente sobre el punto en las sesiones de sus respectivas cámaras.
Seguro médico vip en el PGN 2025 para Diputados
La Cámara de Diputados rechazó el pago del seguro vip de G. 1.200.000 mensuales, pero aprobó el vale de combustible de G. 5.000.000 mensuales, pero la Cámara de Senadores podría terminar aprobando ambos beneficios extraordinarios teniendo en cuenta que las comisiones toman como base de estudio el dictamen de la bicameral.
En el caso del seguro vip, no solo se eludirá la “Ley Godoy” que lo prohíbe, sino también deberá incluir una nueva excepción dentro del artículo del proyecto de presupuesto 2025 para sobrepasar el monto autorizado para cada funcionario de hasta G. 1.000.000 por mes.
La ley de presupuesto autoriza la contratación del servicio de medicina prepaga para el sector público y establece que el monto no podrá ser mayor a G. 1.000.000 mensual o G. 12.000.000 al año por cada funcionario, con excepción del servicio exterior en misión fuera del país.
Vales de combustible o gastos de representación
Con respecto a los vales de combustible, los parlamentarios además de exceptuarse una vez más de la “Ley Godoy” que lo prohíbe, también se exceptuarán de la Ley N° 6954/2022, que prohíbe la asignación de combustibles a las autoridades y funcionarios del los tres Poderes del Estado y de los organismos y entidades del Estado.
No solo se deja sin aplicación las leyes que ellos mismos promovieron y sancionaron, sino que al pasar el vale de combustible a aumento del gasto de representación, estarán convirtiendo en un gasto rígido del Estado.
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El vale de combustible es un gasto que se puede recortar o dejar de pagar, pero una vez que pasa a formar parte de los gastos de representación se vuelve un beneficio de pago obligatorio, ya que formará parte del ingreso de los senadores y diputados.
El clasificador presupuestario define gastos de representación como remuneración adicional inherente al cargo y accesoria al sueldo o dieta de funcionarios públicos, quienes ocupan efectivamente cargos que conlleven la representación legal de la institución en que cumplen sus funciones.