PGN 2025: Superintendencia de Jubilaciones no tiene estructura ni presupuesto

A menos de un mes de cumplirse un año de la promulgación de la ley que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, la entidad no puede operar aún y ni siquiera puede contar con un presupuesto propio para el ejercicio 2025.

La ley que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones se aprobó en tiempo récord, a pesar del rechazo de los trabajadores y jubilados, pero hasta ahora no se puede implementar.Fernando Romero
audima

La Ley N° 7235/2023 “Que reglamenta el rol supervisor del Estado a las entidades de jubilaciones y pensiones, en cumplimiento del artículo 95 de la Constitución Nacional”, fue aprobada en el Congeso en tiempo récord a pedido del gobierno del presidente Santiago Peña (ANR-cartista).

A pesar del rechazo de los trabajadores y gremios de jubilados que se manifestaron frente a la sede parlamentaria, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley el 12 de diciembre, el 13 de diciembre la Cámara de Diputados lo sancionó y al día siguiente, el 14 de diciembre, el presidente Peña promulgó la ley.

El trámite acelerado lo consiguieron gracias a que los colorados cartistas y opositores satélites cartistas son mayoría en ambas cámaras, por lo que en casi todos los casos se aprueban proyectos sin que los discutan siquiera.

La referida ley está en vigencia, pero a casi un año sigue sin operar y, para colmo de males, ni siquiera cuenta con una estructura para disponer un presupuesto propio dentro del proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2025.

El proyecto de PGN ya tiene media sanción de Diputados y está actualmente a consideración de las comisiones del Senado para su dictamen, con el fin de tratarlo en sesión extraordinaria que convocarán para el jueves 28.

Encadenados frente a la sede de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal.

Consejo de Seguridad Social no está integrado

La Ley N.º 7235 crea el Consejo de Seguridad Social, pero hasta la fecha no pueden integrar a sus miembros porque los jubilados y trabajadores aún no eligieron sus representantes.

El consejo debe estar integrado por representantes del sector oficial: el presidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Carvallo; el ministro de Economía, Fernández Valdovinos; la ministra del Trabajo, Mónica Recalde.

También un representante de la Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco), gremio que ya tiene su terna de candidatos; un representante de los jubilados y uno de los trabajadores, estos dos últimos aún discuten como se llevará a cabo la elección.

Una de las funciones del consejo es elevar a consideración del presidente de la República la terna de candidatos para la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, que se encargará de supervisar a las cajas de jubilaciones y pensiones públicas y privadas, la mayoría de estas registran actualmente problemas financieros.

Están citadas en la ley el Instituto de Previsión Social (IPS), Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la ANDE, Caja Municipal, la Caja Ferroviaria, Caja de Itaipú, Caja Bancaria, Caja Parlamentaria, Caja Fiscal.

La Caja Fiscal acumula déficit desde 2015, pero se sigue subsidiando con los impuestos que paga la ciudadanía.

Presupuesto previsto para ser transferido

Las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) confirmaron que en el proyecto de ley de PGN 2025 de la cartera está previsto transferir alrededor de G. 2.000 millones a la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones.

Para el efecto incluyeron en el proyecto de ley de presupuesto un artículo que autoriza la transferencia para solventar el funcionamiento de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, y otro que autoriza la creación de cargos en el anexo de personal, de carácter excepcional, sin necesidad de presentar un proyecto de ley, pero que rechazado por la Cámara de Diputados.

Desde el MEF explicaron que la ley 7235, en su artículo 41, establece que es la Superintendencia la que, hasta un plazo máximo de 24 meses de la publicación de la norma, diseñará e implementará su estructura orgánica funcional, estableciendo su plan estratégico institucional, capacitando a sus recursos humanos y disponiendo cuando pudiera ser necesario para el cumplimiento de sus fines.

Al no integrarse el Consejo de Seguridad Social, tampoco puede designarse al superintendente y, por lo tanto, no dispone de estructura ni de presupuesto para operar.

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