A través del Decreto N.º 2733, con fecha 22 del presente mes, se modifica parcialmente el artículo 75 del Anexo “A” (Guía de Normas y Procesos del PGN 2024) del Decreto N.º 1092/2024, por el cual se reglamenta la Ley N.º 728/2023, que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2024.
El referido artículo establece los plazos legales para las modificaciones presupuestarias y dispone que las modificaciones del anexo del personal, que requieran de aprobación legislativa, podrán ser solicitadas por los organismos y entidades del Estado (OEE) hasta el 28 de junio del año 2024.
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Además, estipula que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) podrá remitir estas modificaciones al Congreso Nacional hasta el 30 de setiembre de 2024 (plazo que ya venció).
Para los procesos de desprecarización laboral autorizado por la ley, el MEF recibirá las solicitudes de modificación del anexo del personal hasta el último día hábil de julio de 2024, pudiendo remitir al Congreso Nacional las propuestas de modificaciones presupuestarias a más tardar hasta el 30 de setiembre de 2024 (plazo también vencido).
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La modificación realizada al referido artículo mediante el Decreto N.º 2733, sin embargo, establece para ambos casos que “con criterio de excepción, siempre y cuando el MEF determine que existen previsiones y disponibilidad presupuestaria, a criterio del Poder Ejecutivo se podrán remitir modificaciones presupuestarias con posterioridad a dicho plazo”.
Anexo de personal y desprecarización
En el denominado anexo de personal, que forma parte de la ley de presupuesto, se establecen las diversas categorías de funcionarios permanentes de las instituciones públicas, el salario asignado para el cargo y el gasto de representación.
Con respecto al programa de desprecarización laboral, el artículo 41 de la ley de presupuesto vigente, autoriza la implementación gradual de una política de desprecarización laboral del personal contratado, que realiza funciones en relación de dependencia en el sector público, conforme a la disponibilidad presupuestaria.
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La desprecarización se realizará, según la ley, basándose en el procedimiento que será establecido en la reglamentación de la presente ley, exclusivamente para aquellas personas contratadas que cuenten, como mínimo, con 4 años ininterrumpidos de servicio en relación de dependencia con el mismo organismo o entidad del Estado, sujeto a la aplicación de la Ley N.º 1.626/2000 “De la Función Pública cuando corresponda.
Nombramiento de contratados
La Presidencia de la República, solo entre el 2 de setiembre y el 14 del presente mes, octubre de 2024, nombró como funcionarios permanentes a 475 personas, de este grupo, 469 con el argumento de la desprecarización laboral de los contratados y seis para llenar vacancias.
El mayor número corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), le sigue el Ministerio de Justicia, el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (Minna), el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) y la Procuraduría General de la República.
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Con los nombramientos suman funcionarios permanentes y liberan el presupuesto para que, eventualmente, ingresen nuevos contratados a las instituciones públicas, un mecanismo para cumplir con la clientela política, en su mayor parte.