Entre 9% y 16% es el aumento de la tarifa de la ANDE para criptominerías

Entre 9% y 16% es el aumento de la tarifa que realizó la ANDE para el Grupo de Consumo Intensivo Especial, indicó el director de Planificación y Estudios de la empresa estatal, Ing. Francisco Escudero. “O sea, poquísimo se les aumentó, apenas para ajustarnos al costo real y al marco normativo”, dijo.

ANDE.
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A través de la Resolución P/N° 49238 de fecha 26 junio de 2024, la ANDE dispuso la actualización de las tarifas de energía eléctrica del Grupo de Consumo Intensivo Especial. De este grupo forman parte aquellos clientes que utilizan energía eléctrica para procesar datos, proveer servicios de almacenamiento de información, incluyendo minería de criptoactivos, blockchain, token y data centers.

La División de Estudios Energéticos de la Dirección de Planificación y Estudios recientemente elaboró un informe técnico para plantear los ajustes en la tarifa para este grupo de consumo, indicó el Ing. Escudero.

Detalló que el artículo 85° de la Ley N° 966/1964 establece que “las tarifas se determinarán en forma tal que los ingresos resultantes de su aplicación permitan cubrir todos los gastos de explotación y obtener una rentabilidad razonable sobre las inversiones afectadas a las actividades de abastecimiento eléctrico, con el objeto de asegurar a la empresa la disponibilidad de los recursos necesarios para la atención de sus deudas y para la normal expansión de sus servicios”.

Al respecto, dijo que los costos de generación representan una importante proporción de los gastos de explotación. Por tanto, indicó que la reciente definición del Costo Unitario del Servicio de Electricidad (CUSE) de Itaipú Binacional -que regirá durante los años 2024, 2025 y 2026- de 16,71 US$/kW mes a 19,28 US$/kW mes resulta sumamente relevante para la determinación del costo del suministro de energía eléctrica, entre otros costos, más aún teniendo en cuenta que las tarifas que estaban vigentes desde el año 2022, de la Resolución N° 47191/2022 fueron determinadas con los datos contables de la ANDE cerrados al año 2021.

En resumen, el Ing. Escudero aseguró que están autorizados por la Ley de la ANDE y el decreto del Poder Ejecutivo para realizar este ajuste. “Y un detalle no menos importante, todos pero todos los contratos firmados con las empresas del rubro criptominería tienen explícitos que se rigen por las tarifas vigentes y las que la sustituyan. O sea no hay nada inconstitucional o que se violen los contratos por parte de la ANDE. Puro llanto porque pierden algo de su gran margen de ganancias a costa de que los paraguayos no le subsidiemos su energía”, manifestó.

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