La Administración Nacional de Electricidad (ANDE), mediante la Resolución P/N° 49238, anunciaba ayer la actualización de sus tarifas de energía eléctrica y las condiciones generales, técnicas y comerciales del grupo de consumo intensivo especial, abastecido en los niveles de muy alta tensión (220 kV), alta tensión (66 kV) y media tensión (66 kV).
La Cámara Paraguaya de Minería de Activos Digitales, en un espacio reservado publicado esta mañana manifestaba su preocupación “ante la reciente posibilidad de aumento en la tarifa de energía”.
Publicaciones de este tipo, generalmente, tienen el propósito de evitar o, en el peor de los casos, negociar una posición más favorable ante la inminente aplicación de una medida que modifique las reglas del juego.
La demorada publicación del manifiesto de la cámara de referencia o el adelantamiento de la ANDE en la divulgación de su medida prueban que no hubo negociación entre las partes o que la estatal considera que su decisión es innegociable.
Riesgo de desaparición de empresas del sector en Paraguay
La Cámara Paraguaya de Minería de Activos Digitales, luego de plantear las premisas que alimentan su inquietud ante el “posible aumento” advierte lo siguiente:
“La posibilidad de un aumento de la tarifas eléctricas de consumo intensivo especial tendrá un impacto negativo significativo, pudiendo suponer la desaparición del sector en el Paraguay”.
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Antes recuerdan, tal vez en forma más específica a las autoridades nacionales y a los administradores de turno de la ANDE, que el sector en el cual se inserta la Cámara invirtió en infraestructura y tecnología de vanguardia. Dice que esas inversiones “han fortalecido la economía del país con la creación de empleos especializados, recaudación de impuestos para el Estado e importantes ingresos para la ANDE en depósitos de garantía y consumo de energía, incluso con tarifas de hasta 50% superiores a otras industrias”.
“Dato mata relato”, expresa un dicho muy repetido en los últimos días, tal vez por ese motivo, la Cámara añade estos datos a su relato: Inversión en infraetructura y servicios: US$ 537.798.029. Aporte a la DNIT en impuesto aduanero: US$ 69.704.541. Depósito de Garantía en ANDE: US$ 49.308.986. Aporte anual a la ANDE por consumo de energía: US$ 223.733.618. Aporte anual a la DNIT en IVA: US$ 20.224.988 . Empleo directo: 383.
Oportunidad para la utilización local de la energía que el país cede
El texto en cuestión añade que el crecimiento del sector en nuestro país “representa una importante oportunidad para la utilización de la abundante energía eléctrica que el país cede a otros países a precios muy bajos, en comparación a lo que hoy está definido en los pliegos tarifarios de consumo intensivo especial. Añade que con esos valores, “el Paraguay puede vender su energía a mejores precios, obteniendo desde estas ganancias financiamiento para programas sociales, proyectos de infraestructura pública, mejoramiento del transporte...”, agrega.
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Estima la Cámara que “con el debido apoyo del Gobierno Nacional , el sector de minería de activos digitales podría inyectar a la economía paraguaya anualmente más de US$ 1.535.320.800, con un consumo de alrededor de 780 MW... equivalentes a un poco mas de una de las 10 turbinas que Paraguay dispone en Itaipú binacional.
En el escenario del aumento tarifario, el Paraguay estaría perdiendo alrededor de US$ 1.464.808.800, “pérdida de empleo, pérdida de confianza en el Gobierno, teniendo que volver a ceder a otros países a precios muy bajos la energía que hoy se está vendiendo al sector a precios muy superiores, incluso hasta 50% más altos que otras industrias del Paraguay”, advierte.
Al pie de la nota figuran las firmas de los responsables de nueve empresas, entre ellas Digital Assets SA. Blockware SA. Ricchford SA. Muiden SA. Antilla Sur SA. MCA. Zunz SA y D&N SA. Distribuidora Coesa SRL y Penguin Infraestucture SA.
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Se trata de un solapado aumento tarifario
En fuentes independientes del sector eléctrico nacional no se titubeó en calificar la decisión de la ANDE como “un solapado aumento tarifario”.
“Antes el pliego de tarifas salía por decreto del Poder Ejecutivo, pero ahora se arrogan (la ANDE) ese derecho, sin pasar o consultar y justo le dan (un golpe) a las criptos legales, que pagan. O se van o se vuelven ilegales”, alertó una fuente.
Según cálculos preliminares, en la tensión de 220 KV la suba que aplica la Resolución 49238 es del 12%, en 66 kV, del 17%, más del 10% en la tarifa de los abastecimientos en estaciones o subestaciones y 16% en los abastecimientos en líneas.
La ANDE, en el Visto, de su documento, señala que la decisión que tomó y dio a conocer ayer, corresponde a sus atribuciones legales, porque las considera “medidas regulatorias complementarias y temporales para ajustar las variables correspondientes a los sectores de consumo intensivo especial.