El director de la DNIT, Óscar Orué, acompañado de sus principales colaboradores, realizó ayer una conferencia de prensa para brindar detalles del proceso de implementación del sistema Ekuatia’í, y la recaudación obtenida al mes de marzo.
El informe presentado indica que el Ekuatia’í es un sistema en línea totalmente gratuito, que permitirá la emisión de facturas electrónicas, dirigido a contribuyentes con poca facturación.
La normativa emitida establece que el sistema estará disponible en la página web de la DNIT y que como su implementación es gradual, en el anexo de la Resolución General N° 6 se indica los primeros 1.000 contribuyentes afectados en esta primera etapa.
El director de la DNIT dijo que los mismos deberán gestionar gratuitamente el certificado cualificado de firma electrónica, para lo cual deben acercarse a la plataforma de atención al contribuyente (PAC), de Asunción, conforme al procedimiento establecido en una normativa anterior, la Resolución DNIT N° 757/2024.
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Más adelante serán designados otros contribuyentes
Orué adelantó que más adelante serán designados más contribuyentes para utilizar este sistema y se habilitarán también las oficinas regionales para retirar el certificado cualificado de firma electrónica.
Además, informó que también se prevé la apertura de la etapa de voluntariedad, para aquellos pequeños contribuyentes que deseen utilizar este sistema sin haber sido designado por la administración tributaria.
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El informe presentado en la conferencia deja en claro que podrán utilizar el sistema Ekuatia´i los contribuyentes activos que cuenten con un solo establecimiento y un punto de expedición.
Los primeros 1.000 contribuyentes fueron elegidos de entre los 80.000 que emiten comprobantes virtuales (factura y autofactura) a través del software Tesakã o mediante el sistema Marangatu.
Gestionar timbrado y emitir factura electrónica desde junio
Los designados para esta primera etapa deberán gestionar la obtención del timbrado electrónico en el mes correspondiente con la terminación de su RUC: aquellos con terminación RUC 0, 1 y 2, en abril; RUC 3, 4 y 5, en mayo; RUC 6, 7, 8 y 9, en junio.
Estos contribuyentes designados deberán emitir de forma electrónica todos sus documentos tributarios a través del sistema Ekuatia’i, a excepción del comprobante de retención virtual, a partir de la fecha en que queden obligados, conforme al siguiente calendario, sin perjuicio de que puedan emitir los documentos tributarios electrónicos antes de la fecha en que quedan obligados una vez obtenido el timbrado electrónico.
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El calendario para emitir los documentos electrónicos es el siguiente: terminación RUC 0, 1 y 2 desde el 1 junio; RUC 3, 4 y 5, desde el 1 de julio; y RUC 6, 7, 8 y 9, desde el 1 de agosto.