La referida ley transfiere el programa de pensión alimentaria para adultos mayores en situación de vulnerabilidad social, dependiente de la Dirección de Pensiones No Contributivas (DPNC) del Ministerio de Economía, al Ministerio de Desarrollo Social.
Un informe de la cartera de Economía señala que los equipos técnicos de ambas instituciones mantienen permanentes reuniones de trabajo para establecer las acciones y los procedimientos necesarios, de tal forma a que el MDS pueda cumplir a cabalidad la aplicación de la Ley N° 3728/2009 que establece el derecho a la pensión alimentaria para adultos mayores en situación de pobreza.
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Así también la realización del seguimiento y monitoreo de cumplimiento, a fin de garantizar los procesos requeridos para la ejecución de dicho importante programa social.
El MEF menciona que con el propósito de continuar con el registro de las personas adultas mayores de 65 años y más, se estará habilitando un enlace de registro digital desde la página web del MDS para el efecto y también se podrán seguir registrando en sus municipios, a través de la persona designada por las respectivas Juntas Municipales.
Están registrados 312.934 adultos mayores
La pensión alimentaria fue creada por Ley N° 3728/2009 y luego modificada por Ley N° 6381/2020, fue administrado desde su creación por el Ministerio de Hacienda, convertido desde el año pasado en Ministerio de Economía, cuyo titular actualmente es el ministro Carlos Fernández Valdovinos.
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La Ley N° 7232/24 transfiere la administración del programa al Ministerio de Desarrollo Social, a cargo del ministro Tadeo Rojas, que tiene como beneficiarios a 312.934 adultos mayores y cuenta con un presupuesto G. 2,4 billones (US$ 339 millones).
Los adultos mayores perciben G. 670.093 mensual en concepto de pensión alimentaria (25% del salario mínimo) desde este año, luego de la actualización de sus haberes por la variación del sueldo mínimo registrado en julio del año pasado.