La tendencia de regalos en efectivo va ganando campo, sobre todo entre las conocidas “influencers”. Ante ello, se armó en redes un debate acerca de si se debe o no tributar sobre estos obsequios.
El gerente de Impuestos Internos, Éver Otazú, lo confirmó: se debe pagar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) por todos los regalos en efectivo. ¿Existe un monto piso? No, se debe tributar por los obsequios aunque sean mínimos.
“No hay mínimo. Si te regalaron G. 1 millón, pagás 80.000, por decir una cosa”, ejemplificó Otazú para ABC Color. Cuando se le reiteró si se debe tributar hasta por regalos de G. 200.000, recalcó que sí. Se debe pagar el 8% de la totalidad del obsequio.
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¿Cómo debo tributar por los regalos?
El gerente de Impuestos explicó que este tributo está establecido en la ley como “IRP de rentas y ganancias de capital”, diferente al de rentas de servicio, que es conocido por el piso de G. 8 millones en honorarios.
Consultado sobre cómo se debe pagar este impuesto por regalos, explicó que se debe declarar ante el fisco como IRP de ganancias de rentas y capital y, al cierre del ejercicio fiscal, se tendrá que presentar la declaración anual y tributar.
Explicó que es un pago único, es decir que una persona solo tendrá que declarar y tributar por ese obsequio.
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¿Y si te regalan un auto o una casa?
Cuando se trata de bienes como inmuebles o automóviles, el gerente detalló que en esos casos el hecho de recibirlos no implica la obligación de tributar. Solo se deberán pagar los impuestos al momento de vender el auto o la casa, debido al ingreso fruto de la venta.
En esos casos, la tasa es del 8% sobre el 30% del valor de la venta.
Finalmente, explicó que también los ganadores de juegos de azar deben tributar, pero en esos casos el mínimo es de G. 500.000. Los que reciban un monto menor no tendrán que pagar impuestos, explicó para ABC Color.