Las tasas establecidas por la Superintendencia de Bancos es con el objetivo de las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito, ya sea con recursos financieros propios o del público, cumplan con las disposiciones legales vigentes en materia de tasa usuraria.
Las tasas que superan el nivel establecido por el organismo de control, son consideradas usurarias y los afectados deberán recurrir a las instancias pertinentes para efectuar la denuncia respectiva.
Los porcentajes establecidos para el mes de junio, de 30,27% para créditos en guaraníes y 11,24% para préstamos en moneda extranjera, son levemente inferiores a las fijadas para el presente mes de mayo, de 30,37% para moneda local y 11,32% para moneda extranjera.
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Los datos del BCP dan cuenta que enero arrancó con tasas máximas de 30,27% para moneda local y 11,12% para moneda extranjera; en febrero pasó a 30,32% y 11,09%; en marzo subió a 30,37% y 11,07%; en abril aumentó a 30,38% y 11,14%, respectivamente.
El porcentaje extremo para que las tasas no sean consideradas usurarias se calcula con la información de las intermediarias, y para ello utilizan un promedio móvil de las operaciones de crédito de consumo de los últimos 24 meses.