La administración fiscal emitió ayer un comunicado para recordar a este primer grupo de contribuyentes que los vencimientos pasaron para este miércoles 12, atendiendo que en principio estaban establecidos para el viernes 7, domingo 8 y martes 11, respectivamente.
La SET había prorrogado el plazo argumentando la sucesión de días inhábiles por Semana Santa, mientras que los demás (del 13 al 25 de abril) se mantuvieron inalterables conforme al Calendario Perpetuo de Vencimiento.
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En este mes de abril vencen, entre otros, el pago del impuesto a la renta empresarial (IRE), tributo único, impuesto al valor agregado (IVA) general, impuesto selectivo al consumo (ISC).
Sigue vigente régimen excepcional
La administración fiscal también comunicó que sigue vigente hasta el 30 de junio de 2023, el régimen excepcional y transitorio para la regularización de deudas impositivas con 0% de recargo o interés, conforme a los Decretos N° 7086/2022 y N° 8634/2022.
El informe explica que este régimen excepcional rige para las obligaciones tributarias vencidas de periodos fiscales mensuales y ejercicios fiscales cerrados al 31 de diciembre de 2020, referidas a certificados de deuda en gestión de cobro por parte de la Abogacía del Tesoro; para ajustes fiscales de determinaciones tributarias y sanciones en trámite en sede jurisdiccional; y para ajustes fiscales de determinaciones tributarias y sanciones en procesos de gestión de cobro por parte de la SET, siempre que cuente con conformidad o allanamiento expreso del contribuyente.
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Añade, que los interesados deberán abonar el monto total de la deuda o formalizar un plan de facilidad de pago, el cual podrá realizarse hasta en 36 cuotas mensuales a una tasa de interés mensual del 0,75%; y excepcionalmente hasta en 60 cuotas a una tasa del 1,1% mensual, siempre que el monto individualmente o en su conjunto supere los G. 1.000 millones.