La Encuesta Permanente de Hogares Continua (EPHC) se realizará de enero a diciembre y llegará a unas 21.000 viviendas seleccionadas aleatoriamente en toda la Región Oriental y el departamento de Presidente Hayes, indicaron desde el INE. Los datos de la EPHC permiten observar los principales indicadores laborales como la fuerza de trabajo, tasa de ocupación, tasa de desocupación y subocupación, entre otros datos, a nivel total país y por área urbana-rural.
Además, según detallaron la EPHC recolecta información sobre las condiciones de vida de la población, con indicadores relevantes sobre educación, salud, acceso a servicios y tecnologías de la información y comunicación, entre otros temas.
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Encuestas presenciales
Cabe mencionar que la EPHC se realizará a través de entrevistas presenciales y que el levantamiento de datos se desarrollará completamente a través de tabletas electrónicas.
Juan Carlos Orué, jefe del departamento de condiciones de vida del INE, explicó que empieza el trabajo de campo de recolección de datos correspondiente al 2023 cuya apertura oficial fue el 11 de enero pasado. Detalló que se tienen cuatro bases de la EPHC distribuidas en cuatro ciudades: Asunción, Coronel Oviedo, Encarnación, y Ciudad del Este, y cada equipo está constituido por un supervisor, tres encuestadores y un chofer.
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Indumentaria e identificación de encuestadores
Asimismo, detalló que los funcionarios de la institución que trabajan en el operativo han sido debidamente capacitados, poseen una credencial, visten chaleco azul marino y se desplazan en vehículos contratados para el operativo que cuentan con un cartel que los identifica. Los datos de cada encuestador están disponibles en la página web de la institución www.ine.gov.py .
Desde la institución además instaron a la ciudadanía a colaborar respondiendo a las preguntas del cuestionario, ya que constituyen una valiosa fuente de información para reflejar la realidad del país. Mencionaron que toda la información proporcionada por los entrevistados es absolutamente confidencial y se encuentra protegida por el Art. 2, inciso e de la Ley Nº 6670/20, que garantiza la protección y confidencialidad de la información con la que se producen las estadísticas oficiales, así como la preservación de la fuente de información.