ANDE ajustará tarifas para firmas que consumen electricidad en forma intensiva

El Poder Ejecutivo publicó el decreto N° 7824, mediante al cual la ANDE fijará las nuevas tarifas para criptominería, data centers, entre otros sectores de uso intensivo de energía eléctrica.

Criptominería intervenida en Alto Paraná, recientemente.Gentileza
audima

“Entre el día de hoy (por ayer) y mañana estaríamos quitando una resolución de Presidencia, la cual contemplará las tarifas y reglamentación para su aplicación”, adelantó el director de Planificación y Estudios de la ANDE, Ing. Tito Ocariz, al ser consultado respecto a este nuevo decreto.

El decreto N° 7824 “establece que la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), de conformidad con sus atribuciones legales, adoptará medidas regulatorias complementarias y temporales, a fin de ajustar las variables correspondientes a los sectores de consumo intensivo especial”.

Fechado el 16 de setiembre de 2022, el documento considera que el artículo 27, literal j) de la Ley N° 966/1964 atribuye al presidente de la ANDE la facultad de adoptar decisiones regulatorias concernientes a la materia tarifaria del servicio de energía eléctrica.

También menciona que la conformación tarifaria debe tener en consideración el objeto y modalidad de los consumos, la influencia de estos en los gastos de explotación, las características técnicas del suministro y la capacidad económica de los consumidores.

Para usos intensivos

Sostiene además que, de acuerdo con la ANDE, en los términos de su informe elaborado por su Dirección de Planificación y Estudios - a través de su División de Estudios Energéticos- se “recibe un importante número de solicitudes de suministros de energía eléctrica para usuarios que procesar datos, proveen servicios de almacenamiento de información y actividades relacionadas”, que se corresponden con los niveles de abastecimiento de muy alta tensión (220 kV), alta tensión (66 kV) y media tensión (23 kV).

Por tanto, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, decretó que la ANDE, con la finalidad de ajustar las variables correspondientes a los sectores de consumo intensivo especial, adoptará medidas regulatorias complementarias relativas al régimen tarifario y que esta no deberá exceder el año 2027.

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