La cartera salió a aclarar el tema ante la preocupación generada en el sector de retirados de las Fuerzas Públicas por lo dispuesto en el proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2023, que está a consideración del Congreso para su estudio y aprobación.
El referido proyecto establece en el artículo 289 la aplicación gradual del impacto del incremento salarial producto de la variación del salario mínimo legal para las remuneraciones indexadas de militares, policías, gobernadores y miembros de Juntas Departamentales.
La propuesta consiste en el pago del 50% del incremento en el mes de enero y el 50% restante en el mes de julio, con lo que Hacienda busca a través de este mecanismo reducir el impacto de la actualización en las finanzas públicas.
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El planteamiento movió a las autoridades de los círculos de oficiales y suboficiales retirados de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional a solicitar una audiencia con el ministro de Hacienda, Óscar Llamosas, a través del ministro de Defensa Nacional, Bernardino Soto Estigarribia.
La reunión se llevó a cabo ayer, miércoles 7, y en dicha ocasión, el ministro Llamosas informó que la actualización de los haberes jubilatorios se pagará con el aumento del 11,4% desde enero, según el comunicado que emitió el Círculo de Oficiales Retirados de las Fuerzas Armadas de la Nación (Corfan).
El pago en dos etapas, de aprobarse en el Congreso, se dará para los militares y policías en actividad, así como también para gobernadores y miembros de Juntas Departamentales, en tanto que los retirados de las Fuerzas Públicas lo percibirán íntegramente desde el primer mes de 2023.
Retirados cobrarán íntegramente
El viceministro de Administración Financiera de Hacienda, Marco Elizeche, confirmó a ABC que el ajuste salarial en dos etapas es para los uniformados activos y que al establecer este mecanismo nunca se pensó en los retirados. “A ellos se les mantiene su ajuste desde enero como todos los años”, afirmó con respecto a los jubilados.
Los militares y policías, de acuerdo a lo que establece la Ley N° 4.493, tienen su escala de sueldo básico mensual y demás remuneraciones calculadas conforme al salario mínimo legal vigente, la categoría del personal y los años de servicios prestados en la institución.
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En el caso de los que se encuentran en situación de retiro (SR), la citada ley dispone que percibirán sus haberes equiparados con el sueldo del que está en actividad y en correspondencia al grado jerárquico que ostentaba al momento de su retiro.
Es por esto que cualquier variación del sueldo mínimo obliga a ajustar el salario de los uniformados en actividad en el siguiente ejercicio y a actualizar los haberes de los retirados en igual proporción.
Los datos manejados en Hacienda dan cuenta de que la suba en el sector de las Fuerzas Públicas representará un gasto adicional de US$ 46,1 millones, lo que no incluye el impacto que representará en la Caja Fiscal.