Aumento del salario mínimo: “Gran parte de trabajadores no recibe ese beneficio”, señala economista

Conforme estableció el Gobierno nacional, desde el 1 de julio el salario mínimo se situará en G. 2.550.307 tras un aumento del 11,4%. Sin embargo, según señaló el economista Alfredo Pereira, una considerable cantidad de los trabajadores no recibiría tal beneficio, ya que podría estar en situaciones de informalidad laboral.

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Ya a días del reajuste del salario mínimo, que lo situará en poco más de G. 2.500.000, distintos sectores van expresando sus respectivas posturas al respecto, como por ejemplo desde la Asociación de Mipymes, donde sostienen que para algunos pequeños emprendedores será “imposible” cumplir con el aumento y, por ende, podrían generarse despidos.

Ante esto, el economista Alfredo Pereira resaltó que según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), solamente el 30% de la fuerza laboral activa es formal y por ende, esa gran mayoría restante estaría en situaciones laborales informales como por ejemplo casos en los que no se cobre siquiera el salario mínimo o no se tengan registros de seguro social, reflejando así que muchísimas personas no estarían beneficiadas con este aumento que iniciará desde julio.

Asimismo, Pereira detalló que siempre el debate en torno al salario mínimo y su posible ajuste es “delicado y controvertido”, ya que consideró que existen muchos “problemas estructurales de fondo”, que si llegan a ser tratados por el Gobierno, se podría lograr un equilibrio y también aumentar la formalidad laboral.

Continuando con su explicación, el economista brindó un ejemplo: Si solamente una persona brinda un salario mínimo a un hogar de 4 personas, la división con el aumento ya aplicado, correspondería a aproximadamente G. 626.000 por cada integrante, mientras que se estima que la distribución mínima debería rondar los G. 770.000 por cada uno.

“Si es ese el caso, ese hogar está bajo la línea de pobreza”, detalló.

La retribución del trabajo

Por otra parte, el profesional hizo referencia al artículo 92 de la Constitución Nacional - De la retribución del trabajo, que cita:

  • El trabajador tienen derechos a disfrutar de una remuneración que le asegure, a él y a su familia, una existencia libre y digna.
  • La ley consagrará el salario vital mínimo, el aguinaldo anual, la bonificación familiar, el reconocimiento de un salario superior al básico por horas de trabajo insalubre o riesgoso, y las horas extraordinarias, nocturnas y en días feriados. Corresponde, básicamente, igual salario por igual trabajo.

Con ello, Pereira indicó que ante el aumento, en algunos casos se podría ir desplazando a una mano de obra poco capacitada, ya que los empleadores podrían buscar reducir personal ante la dificultad de pagar el salario mínimo tras su reajuste.

Por otra parte, el especialista también sostuvo que algunas personas, según sus condiciones, cada vez van “llenando menos” el carrito del supermercado, mientras están buscando una serie de ofertas o incluso reemplazos a algunos productos.

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