Marcelo Estigarribia, titular de la Secretaría de Defensa del Consumidor y Usuario (Sedeco), informó que con funcionarios de la institución monitorearon doce estaciones de servicios de distintos emblemas entre los días el 22 y 23 del mes en curso, con el propósito de identificar los precios vigentes de las diferentes presentaciones de los combustibles. Además , si en la información que dan a los consumidores hay coherencia entre el octanaje y el precio que divulgan, para evitar que la publicidad engañosa.
Conforme a la institución, las gasolineras, como prestadoras de servicios, tienen la obligación de informar sobre el octanaje/ron mínimo que proveen. Lo recuerda luego de percatarse de que hay discrepancias entre el nombre comercial del carburante y su nombre técnico.
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Sedeco enfatiza la obligación de garantizar información clara y precisa a los consumidores finales, indispenable para la formalización del mercado. “Es una obligación del proveedor emitir factura, este documento es el aval y respaldo jurídico que evidencia la relación de consumo con el proveedor y la principal herramienta con que cuenta el cliente, en caso de que exista necesidad de realizar algún reclamo”, menciona.
Insiste a los operadores de estaciones de servicios que brinden información clara y concisa en la publicidad de los carburantes, especificando en sus carteles y dispensadores el octanaje real con sus colores respectivos para cada tipo de combustible que suministran. La omisión de estos datos constituye una infracción de publicidad engañosa, lo que derivaría en la apertura de sumarios administrativos (Ley 1.334/98 “De Defensa del Consumidor y del Usuario, Capitulo VIII – Regulación de la Publicidad).
Los interesados en realizar sus denuncias pueden hacerlo llamando a la oficina de la Sedeco, (021) 55-44-55 o completando el formulario de reclamos, disponible en la web www.sedeco.gov.py.
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Combustibles: nulo control a gasolineras
El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) reconocieron que es prácticamente nulo el control de calidad de los combustibles en las estaciones de servicio, tampoco se verifica si la cantidad que cargan en los tanques de los vehículos corresponde a la adquirida. Estas informaciones se desprenden de los informes proporcionados a través del portal de Acceso a la Información Pública (AIP), Exp. N° 55.646 y 55.649.
Ambas instituciones son las responsables de un control conjunto de las gasolineras. Conforme a lo reportado, en 2021, sólo el 3% de las estaciones de servicio del país fue fiscalizado y sumariado, pero no detallan las infracciones que detectaron, tampoco dan a conocer la dirección de los locales afectados.
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La titular del INTN, Patricia Echeverría, aseguró que se realiza el control de calidad de los combustibles importados con el fin de confirmar que los mismos corresponden a a los que figuran en los documentos, pero no publica los certificados correspondientes.
Cabe recordar que en abril del 2012 descubrieron que Sergio Escobar, entonces titular de Petropar, autorizó la importación de diésel con casi el triple del máximo de azufre que permite la normativa correspondiente, que es hasta 6.700 partes de azufre por millón, un producto basura pagado con el precio de un gasoíl de primera. Esta situación es considerada nociva para la salud, razón por la cual fue procesado.